Cuadros de legalización de instalaciones — Andalucía

Documentación de puesta en servicio exigida por las fichas técnicas / modelos oficiales vigentes de cada comunidad
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🗺️ Comunidad autónoma

Con cuadros disponibles: Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Ceuta, Melilla. El resto se irá incorporando extrayendo sus modelos oficiales.

🏗️ Instalaciones del proyecto

Marca las instalaciones incluidas en la puesta en marcha y pulsa «Aplicar». Sin selección se muestran todas.

Resumen: ficha técnica aplicable a cada instalación

InstalaciónFicha técnica descriptiva (Anexo II)Versión vigente de la ficha
Térmicas (RITE) Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones Térmicas en los Edificios Resolución de 24 de mayo de 2024 (BOJA núm. 105, de 31/05/2024)
Baja tensión Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Baja Tensión Resolución de 28 de septiembre de 2023 (BOJA núm. 193, de 06/10/2023)
Alta tensión Ficha Técnica Descriptiva de Alta Tensión para instalaciones destinadas a un único usuario Resolución de 23 de marzo de 2026 (BOJA núm. 62, de 31/03/2026)
Protección contra incendios Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Protección Contra Incendios Resolución de 13 de mayo de 2025 (BOJA núm. 92, de 16/05/2025)
Frigoríficas Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones Frigoríficas Resolución de 23 de mayo de 2024 (BOJA núm. 102, de 28/05/2024)
Equipos a presión Ficha Técnica Descriptiva de Equipos a Presión Resolución de 31 de marzo de 2022 (BOJA núm. 65, de 05/04/2022)
Ascensores Ficha Técnica Descriptiva de Ascensores Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 135, de 12/07/2024)
Gas Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Gas Orden de 5 de marzo de 2013, Anexo II (BOJA núm. 48, de 11/03/2013)
Productos petrolíferos Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Productos Petrolíferos Líquidos Resolución de 8 de octubre de 2019 (BOJA núm. 198, de 14/10/2019)
Almacenamiento de productos químicos (APQ) Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Almacenamiento de Productos Químicos Resolución de 8 de octubre de 2019 (BOJA núm. 198, de 14/10/2019)
Grúas torre Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Grúas Torre Orden de 5 de marzo de 2013, Anexo II (BOJA núm. 48, de 11/03/2013)
Grúas móviles autopropulsadas Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Grúas Móviles Autopropulsadas Orden de 5 de marzo de 2013, Anexo II (BOJA núm. 48, de 11/03/2013)

📋 Térmicas (RITE)

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones Térmicas en los Edificios — Resolución de 24 de mayo de 2024 (BOJA núm. 105, de 31/05/2024) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Instalaciones con potencia térmica nominal ≥ 5 kW y ≤ 70 kW2, 4 y 5(2)
Instalaciones con potencia térmica nominal > 70 kW (1)1, 3 y 5(2)
Instalaciones existentes no registradas anteriores al 11 de abril de 2013 (instalaciones existentes en virtud de la Disp. Adicional vigesimosegunda del Decreto-ley 3/2024 de simplificación administrativa)1 o 2(2), 3 o 4 o 7(2), 5(2), 6, 8 y 9

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto de la instalación realmente ejecutada, suscrito por técnico competente.
1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
2Memoria técnica realmente ejecutada, suscrita por instalador habilitado o por técnico competente.
3Certificado de instalación suscrito por instalador habilitado y el director de la instalación.
3aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
4Certificado de instalación suscrito por instalador habilitado.
5Declaración responsable del cumplimiento de otros reglamentos de seguridad que afecten a la instalación.
6Declaración responsable del titular o usuario de la instalación, con indicación desde cuándo se utiliza la instalación y de que dispone de la documentación que acredita su existencia y funcionamiento.
7Certificado de Organismo de Control.
8Contrato de mantenimiento.
9Último certificado de inspección periódica de eficiencia energética.
(1) Este tipo de instalación requiere un contrato de mantenimiento suscrito con empresa mantenedora habilitada.
(2) En su caso.
(1) [en la documentación] Solo si el documento no está visado.

📋 Baja tensión

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Baja Tensión — Resolución de 28 de septiembre de 2023 (BOJA núm. 193, de 06/10/2023) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
A. Industrias (ver Nota 1): 20 < Potencia ≤ 100 kW1.1, 2, 3
A. Industrias: Potencia > 100 kW1.1, 2, 3, 4
B.1. Locales húmedos o con riesgo de corrosión o bombas de extracción o elevación de agua: Potencia > 10 kW1.1, 2, 3
C.1. Locales mojados: 10 < Potencia ≤ 25 kW1.1, 2, 3
C.1. Locales mojados: Potencia > 25 kW1.1, 2, 3, 4
C.2. Generadores y convertidores o conductores aislados para caldeo (excepto vivienda): Potencia > 10 kW1.1, 2, 3
C.3. Generadores conectados a red interior o exterior (≤ 100 kW): Potencia ≤ 10 kW1.2, 2, 6, 7
C.3. Generadores conectados a red interior o exterior: 10 < Potencia ≤ 25 kW1.1, 2, 3, 6, 7
C.3. Generadores conectados a red: intemperie, potencia > 25 kW1.1, 2, 3, 4, 6, 7
C.3. Generadores conectados a red: no intemperie, potencia > 25 kW1.1, 2, 3, 6, 7
D.1. Instalaciones de carácter temporal para alimentación de maquinaria en obras de construcción: Potencia > 50 kW1.1, 2, 3
D.2. Instalaciones temporales en locales o emplazamientos abiertos (atracciones y casetas de feria, alumbrado festivo y análogos; ver Nota 4): 10 < Potencia ≤ 50 kW o superficie > 100 m² en casetas o stands1.2, 2, 3, 4 (ver Nota 5)
D.2. Instalaciones temporales en locales o emplazamientos abiertos: Potencia > 50 kW1.1, 2, 3, 4 (ver Nota 5)
D.3. Instalaciones temporales: circos, teatros ambulantes y conciertos musicales1.1, 2, 3, 4
E.1. Edificios destinados principalmente a viviendas: Potencia > 100 kW por CGP, o cualquier potencia si incluye instalación que requiera proyecto (piscina, garaje, alumbrado exterior)1.1, 2, 3, 4 (ver Nota 7)
E.2. Locales comerciales y oficinas no considerados de pública concurrencia según ITC BT-28 (ver Nota 2): Potencia > 100 kW por CGP1.1, 2, 3
E.3. Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios no considerados de pública concurrencia según ITC BT-28: Potencia > 100 kW por CGP1.1, 2, 3
F. Viviendas unifamiliares: Potencia > 50 kW1.1, 2, 3
G. Garajes de ventilación forzada: hasta 24 plazas1.1, 2, 3
G. Garajes de ventilación forzada: más de 24 plazas1.1, 2, 3, 4
H. Garajes de ventilación natural: de 6 a 24 plazas1.1, 2, 3
H. Garajes de ventilación natural: más de 24 plazas1.1, 2, 3, 4
I. Locales de pública concurrencia según ITC BT-281.1, 2, 3, 4
J.1. Líneas de BT con apoyos comunes con AT / máquinas de elevación y transporte / tensiones especiales / rótulos luminosos (salvo ITC BT-44) / cercas eléctricas / redes de distribución en BT de un solo consumidor (ver Nota 3)1.1, 2, 3
J.2. Redes aéreas o subterráneas de distribución en baja tensión (más de un consumidor)1.1, 2, 3, 5
K. Instalaciones de alumbrado exterior según ITC BT-09 (excluido alumbrado festivo; ver Nota 4): Potencia > 5 kW1.1, 2, 3, 4
L. Locales con riesgo de incendio o explosión: Clase I (excepto garajes < 25 plazas)1.1, 2, 3, 4
L. Locales con riesgo de incendio o explosión: Clase II1.1, 2, 3
M. Quirófanos y salas de intervención1.1, 2, 3, 4
N.1. Piscinas: 5 < Potencia ≤ 10 kW1.1, 2, 3
N.1. Piscinas: Potencia > 10 kW1.1, 2, 3, 4
N.2. Fuentes (ver Nota 4): 5 < Potencia ≤ 25 kW1.1, 2, 3, 4 (ver Nota 5)
N.2. Fuentes: Potencia > 25 kW1.1, 2, 3, 4
Z.1. Infraestructuras para la recarga del vehículo eléctrico con potencia P > 50 kW1.1, 2, 3, 4 (ver Nota 6)
Z.2. Instalaciones de recarga de vehículos situadas en el exterior de potencia P > 10 kW1.1, 2, 3, 4 (ver Nota 6)
Z.3. Todas las instalaciones que incluyan estaciones de recarga previstas para el modo de carga 41.1, 2, 3, 4 (ver Nota 6)

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto técnico / Memoria técnica de diseño.
1.1Proyecto técnico de instalación firmado por técnico competente.
1.1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
1.2Memoria técnica de diseño.
2Certificado de instalación con el correspondiente anexo de información al usuario.
3Certificado de dirección de obra firmado por técnico titulado competente.
3aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
4Certificado de Inspección Inicial Favorable expedido por Organismo de Control Habilitado.
5Convenio de cesión de la red de BT a la empresa distribuidora y solicitud de ésta de cambio de titularidad de la instalación.
6Para las instalaciones de autoconsumo con excedentes que proceda, permisos de acceso y conexión otorgados por la empresa distribuidora.
7Certificado de adecuación al Real Decreto 1699/2011 emitido por instalador o técnico competente según corresponda.
(1) Solo si el documento no está visado.
Nota 1: si una instalación de la industria está comprendida en más de un grupo de la tabla, se aplicará el criterio más exigente de documentación.
Nota 2: se incluyen los almacenes que por su actividad no sean clasificados como mojados, húmedos, pública concurrencia o con riesgo de explosión o incendio.
Nota 3: se incluyen los repetidores de telefonía con una línea de BT asociada.
Nota 4: las instalaciones incluidas en el RD 1890/2008 (eficiencia energética en alumbrado exterior, ITC EA-01 a EA-07) deberán acreditar su cumplimiento en la documentación aportada.
Nota 5: en las inspecciones iniciales se comprobará el cumplimiento del RD 1890/2008.
Nota 6: según el RD 1053/2014, si la instalación de recarga de VE es ampliación de una instalación existente en un garaje (tipos G o H), se requerirá proyecto cuando se superen las restricciones de potencia del grupo Z. No es necesaria la inspección inicial de estaciones de recarga que no requieran proyecto.
Nota 7: documentos obligatorios sólo en su caso.

📋 Alta tensión

Ficha Técnica Descriptiva de Alta Tensión para instalaciones destinadas a un único usuario — Resolución de 23 de marzo de 2026 (BOJA núm. 62, de 31/03/2026) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Centro de transformación de abonado cuya tensión nominal sea menor o igual a 30 kV1, 2, 3 y 4
Centro de transformación de abonado cuya tensión nominal sea mayor a 30 kV1, 2, 3, 4 y 5
Línea de alta tensión o tramo de la misma, que da servicio a un solo abonado y no es propiedad de empresa distribuidora o de transporte, con tensión nominal ≤ 30 kV1, 2, 3 y 4
Línea de alta tensión o tramo de la misma, que da servicio a un solo abonado y no es propiedad de empresa distribuidora o de transporte, con tensión nominal > 30 kV1, 2, 3, 4 y 5
Centro de transformación de abonado y línea de AT o tramo, de un solo abonado y no propiedad de distribuidora/transporte, con tensión nominal ≤ 30 kV1, 2, 3 y 4
Centro de transformación de abonado y línea de AT o tramo, de un solo abonado y no propiedad de distribuidora/transporte, con tensión nominal > 30 kV1, 2, 3, 4 y 5
Instalación de conexión eléctrica cedida a empresa distribuidora (acometida eléctrica: tramo de línea AT e instalaciones hasta el punto frontera y centro de entrega y/o seccionamiento), de un solo abonado, tensión nominal ≤ 30 kV, no sometida a DUP ni AAU o AAU simplificada1, 2, 3, 6 y 7
Para suministro exclusivo a infraestructuras de recarga de vehículo eléctrico (IRVE): instalación de conexión eléctrica cedida a distribuidora (acometida), de un solo abonado, tensión nominal > 30 kV, no sometida a DUP, EIA o EIA simplificada1, 2, 3, 5, 6 y 7

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto suscrito por técnico competente.
1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
2Certificado de instalación suscrito por empresa instaladora según modelo aprobado conforme a la ITC-RAT-22 y la ITC-LAT-04.
3Certificado final de obra suscrito por técnico competente, según modelo aprobado conforme a la ITC-RAT-22 y la ITC-LAT-04.
3aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
4Contrato de mantenimiento con empresa instaladora o compromiso de realizarlo con medios propios (acreditando los medios humanos o técnicos del Anexo I de ITC-RAT-21 del RD 337/2014 y/o Anexo I de ITC-LAT-03 del RD 223/2008, aportando declaración responsable).
5Certificado de inspección inicial, con calificación favorable, expedido por Organismo de Control.
6Declaración responsable del promotor de la instalación a ceder a la distribuidora, justificando que la actuación no está sometida a DUP, AAU o AAU simplificada, o EIA o EIA simplificada para IRVE con conexión > 30 kV.
7Convenio de cesión de instalaciones firmado por el titular de la actuación y el representante de la empresa distribuidora y, en su caso, convenio de resarcimiento frente a terceros.
(1) Solo si el documento no está visado.

📋 Protección contra incendios

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Protección Contra Incendios — Resolución de 13 de mayo de 2025 (BOJA núm. 92, de 16/05/2025) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
1.1 Establecimientos industriales con RSCIEI 2004 (D.T. 2ª del RD 164/2025, disponible hasta el 10/05/2029): instalaciones que conforme al RD 2267/2004 requieren proyecto1, 3, 4
1.2 Establecimientos industriales con RSCIEI 2004: instalaciones que conforme al RD 2267/2004 NO requieren proyecto2, 3, 4
2.1 Establecimientos industriales sujetos al RSCIEI 2025: suma de superficies construidas de sectores/áreas de riesgo intrínseco medio/alto ≥ 1.000 m²1, 3, 4, 5, 6(*)
2.2 RSCIEI 2025: superficie construida ≥ 300 m² o existen sectores/áreas de riesgo medio o alto con superficie total de dichos sectores < 1.000 m²1, 3, 4, 5(*), 6(*)
2.3 RSCIEI 2025: superficie construida < 300 m² y todos los sectores/áreas de riesgo intrínseco bajo2, 3, 4, 5(*), 6(*)
3.1 Establecimientos no industriales regulados por el CTE que NO requieren inspección periódica (exceptuados en el art. 22.2 del RIPCI)4
3.2 Establecimientos no industriales del CTE que requieren inspección periódica según el art. 22 del RIPCI4
4.1 Instalaciones existentes regularizadas (D.A. 22ª del Decreto-ley 3/2024, disponible hasta el 16/05/2027): establecimientos industriales puestos en servicio antes del 15/01/20057
4.2 Instalaciones existentes: establecimientos no industriales puestos en servicio antes del 21/06/20057
4.3 Instalaciones existentes: establecimientos no industriales puestos en servicio desde el 21/06/2005 hasta el 11/12/20177, 8

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto redactado y firmado por técnico titulado competente, con el contenido indicado en el RSCIEI.
1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
2Memoria técnica firmada por técnico titulado competente.
2aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo.
3Certificado emitido por técnico titulado competente, con el contenido especificado en el RSCIEI.
3aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
4Certificado/s de empresa/s instaladora/s emitido/s por técnico/s titulado/s competente/s designado/s por la/s misma/s.
5Acta de inspección inicial favorable emitida por organismo de control habilitado.
6En su caso, informe de organismo de control habilitado validando positivamente la eficacia y adecuación del diseño prestacional, técnicas de seguridad equivalente o adaptaciones razonables aplicadas.
7Certificado favorable de inspección periódica de organismo de control habilitado que acredite que la instalación y puesta en servicio fue anterior a la entrada en vigor del RIPCI (RD 513/2017).
8Certificado de empresa instaladora habilitada para los equipos o sistemas de PCI existentes, suscrito por su responsable técnico, describiendo la instalación y certificando que cumple los requisitos técnicos de la reglamentación vigente en el momento de la puesta en servicio y que se encuentra en correcto estado de funcionamiento.
(*) Solo si se ha usado, para dar cumplimiento a los requisitos del RSCIEI 2025, diseño prestacional, técnicas de seguridad equivalente o adaptaciones razonables.
(1) Solo si el documento no está visado.

📋 Frigoríficas

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones Frigoríficas — Resolución de 23 de mayo de 2024 (BOJA núm. 102, de 28/05/2024) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Instalaciones de nivel 1, según artículo 8 del RD 552/20192, 4, 5, 6, 9* y 16*
Instalaciones de nivel 2 formadas por uno o varios sistemas independientes con potencia eléctrica en compresores > 30 kW en alguno de los sistemas, o suma total > 100 kW, o que enfríen cámaras de atmósfera artificial, siempre que utilicen refrigerantes de alta seguridad (L1)1, 3, 4, 5, 6, 8, 9* y 16*
Instalaciones de nivel 2 formadas por sistemas que utilicen refrigerantes de media y baja seguridad (L2 y L3)1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9* y 16*
Instalaciones de nivel 2 con fluidos de clase de seguridad A2L, sin ningún sistema > 30 kW ni suma total > 100 kW y sin cámaras de atmósfera artificial, llevadas a cabo por empresas frigoristas de nivel 1 o del RITE2(2), 4, 5, 6, 8, 9*, 10*, 11* y 16*
Instalaciones existentes no inscritas de nivel 1 o nivel 2 que puedan ser realizadas por empresas de nivel 1 (D.A. 22ª del Decreto-ley 3/2024)12, 13 y 14*
Resto de instalaciones existentes no inscritas de nivel 2 (D.A. 22ª del Decreto-ley 3/2024)8, 12, 13 y 14

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto, redactado por técnico competente, de la instalación realmente ejecutada.
1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
2Memoria técnica de la instalación realmente ejecutada. (2)
2aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
3Certificado técnico de dirección de obra.
3aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
4Certificado de la instalación suscrito por la empresa frigorista/RITE y el director de la instalación (según la IF-10), cuando la participación de este último sea preceptiva (según la IF-15).
4aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
5Certificado de instalación eléctrica firmado por un instalador en baja tensión o, en su defecto, informe emitido por la empresa instaladora de baja tensión.
6Declaraciones de conformidad de los equipos a presión y del sistema de tuberías, o declaración de conformidad de la instalación como conjunto (equipos compactos) y, en su caso, de los accesorios de seguridad o presión.
7Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil del titular de la instalación.
8Contrato de mantenimiento con una empresa frigorista o, en su caso, comunicación del titular de que se ha habilitado como automantenedora y dispone de medios y organización para efectuar su propio mantenimiento, asumiendo su ejecución y responsabilidad.
9Libro de registro de la instalación frigorífica (solo obligatorio en caso de ampliación, modificación o traslado).
10Análisis de riesgo de la instalación (solo cuando se sobrepase la carga máxima de refrigerante admitida por el RSIF, según el apartado 3.b) del art. 21 del RSIF).
11Certificado de la empresa frigorista firmado por su representante legal, según el apartado 3.c) del art. 21 del RSIF (puede unificarse con el documento 4 en un solo documento con toda la información exigida por ambos).
12Declaración responsable del titular o usuario de la instalación, según la disposición transitoria primera del RD 552/2019.
13Informe de la empresa instaladora suscrito por instalador habilitado / técnico titulado competente, según la disposición transitoria primera del RD 552/2019.
14Certificado de inspección de entidad acreditada como Organismo de Control en instalaciones frigoríficas, según la D.T. 1ª del RD 552/2019 (para instalaciones no inscritas realizables por empresas de nivel 1, solo obligatorio si las toneladas de CO2 equivalente de refrigerante fluorado superan 50 t).
15Solicitud de licencia de obras, la licencia de obras o el proyecto de ejecución visado.
16Certificado de pruebas a presión (solo obligatorio en modificaciones con cambio de refrigerante cuya presión máxima de servicio supere la PS de la instalación).
(*) Documentos solo obligatorios en ciertos casos (ver descripción de los documentos 9, 10, 11, 14 y 16).
(1) Solo si el documento no está visado.
(2) En su caso.

📋 Equipos a presión

Ficha Técnica Descriptiva de Equipos a Presión — Resolución de 31 de marzo de 2022 (BOJA núm. 65, de 05/04/2022) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Nueva instalación, cambio de emplazamiento, ampliación o modificación importante de: calderas de clase primera, según ITC EP-11, 2, 3, 4 y 7(*)
Calderas de clase segunda, según ITC EP-13, 4, 9, 8 y 7(*)
Cambio de combustible de calderas en las que el fabricante acredite que es apta para el nuevo combustible3.2 y 5
Cambio de combustible de calderas en las que el fabricante NO acredite que es apta para el nuevo combustible6, 8 y 3.2
Centrales generadoras de energía eléctrica (sujetas a la ITC EP-2)3, 4, 8, 9 y 10
Refinerías de petróleo y plantas petroquímicas (ITC EP-3) que incluyan equipos de clase 1 o 23, 4, 8 y 9
Refinerías de petróleo y plantas petroquímicas (ITC EP-3) que sólo incluyan equipos de clase 3, 4 o 51, 3 y 4
Depósitos criogénicos con capacidad superior a 1000 l (ITC EP-4)3, 4, 8, 9 y 11
Centro de recarga de botellas con P(bar)×V(litros) > 25000 (ITC EP-5)3, 4, 8, 9, 12 y 14
Centro de recarga de botellas con P(bar)×V(litros) ≤ 25000 (ITC EP-5)2, 3, 4, 12, 14 y 18(*)
Centro de recarga de botellas con equipos móviles o no conectados a otros equipos fijos, o que sólo requieran conexión eléctrica (ITC EP-5)4, 12, 13 y 14
Centro de inspección de botellas (ITC EP-5)8, 9, 15, 16 y 17
Centro de inspección visual de botellas (ITC EP-5)2, 3 y 17
Centros de producción de aire comprimido y mezcla de gases respirables (ITC EP-5)15, 16 y 17
Compresor de empresas especializadas en obras y trabajos submarinos o compresores instalados en contenedores móviles (ITC EP-5)4 y 22
Centro de recarga de gases de equipos a presión transportables (ITC EP-6)8, 12, 14 y 19
Terminales de GNL con equipos de clase 1 o 2 (ITC EP-7)3, 4, 8 y 9
Terminales de GNL con equipos únicamente de clase 3 (ITC EP-7)1, 3 y 4
Cámaras hiperbáricas en emplazamientos fijos con cantidad de oxígeno en la suma de botellas conectadas en uso hasta 50 kg1, 3 y 4
Cámaras hiperbáricas en emplazamientos fijos con cantidad de oxígeno en la suma de botellas conectadas en uso > 50 kg3, 4, 8 y 9
Instalaciones no incluidas en los grupos anteriores con equipos a presión de categorías I a IV (art. 13 y Anexo II del RD 709/2015, o asimilados según el art. 3.2 del RD 809/2021) que NO requieren proyecto1, 3 y 4
Instalaciones no incluidas en los grupos anteriores con equipos a presión de categorías I a IV que SÍ requieren proyecto3, 4, 8 y 9
Instalaciones existentes que requieren proyecto (D.T. 8ª del RD 809/2021)3.1, 4, 6, 8 y 20
Instalaciones existentes que requieren no proyecto (D.T. 8ª del RD 809/2021)2, 3.1, 4, 6 y 20
Cámaras hiperbáricas existentes en emplazamientos fijos (D.T. 10ª del RD 809/2021)4 y 21

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Esquema de principio de la instalación.
2Memoria técnica de la empresa instaladora.
3Certificado de empresa instaladora/reparadora.
3.1Certificado de instalación.
3.2Certificado de modificación.
4Documentos de equipos: 4.1 Declaración de conformidad · 4.2 Certificado de fabricación · 4.3 Acta de inspección periódica nivel C · 4.4 Acta de inspección periódica nivel B · 4.5 Declaración del instalador (recipientes transportables) · 4.6 Certificado de idoneidad según apartado b) 2º de la D.T. 8ª · 4.7 Otra documentación justificante de antigüedad según apartado b) 1º de la D.T. 8ª.
5Acta de inspección periódica nivel B.
6Acta de inspección periódica nivel C.
7Certificación expedida por el fabricante del equipo u organismo de control acreditando la adecuación del equipo a la presión (sólo calderas de vapor con Pms inferior en más de un 10% a la PS).
8Proyecto firmado por técnico competente.
8aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
9Certificado de dirección técnica firmado por técnico competente.
9aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
10Certificado de OC según artículo 6.c de la ITC EP-2.
11Certificado de OC o empresa instaladora previsto en el artículo 5) de la ITC EP-4.
12Certificado de OC según artículo 3.d) de la ITC EP-5 / artículo 7.d) de la ITC EP-6.
13Memoria suscrita por el titular de la instalación.
14Manual de procedimiento de actuación para la recarga.
15Copia de la huella del punzón con la contraseña de rechazo indicada en el Anexo II de la ITC EP-6.
16Identificación del punzón para el marcado que identifique a la empresa, que utilizará para colocar sobre las botellas que inspeccione.
17Modelo de etiqueta adhesiva de inspección periódica y/o visual.
18Proyecto de condiciones especiales del emplazamiento según artículo 12.a) de la ITC EP-5.
19Certificado de instalación por técnico titulado competente según art. 7.b) de la ITC EP-6.
19aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
20Declaración responsable del titular de la instalación según apartado a) de la Disposición transitoria octava.
21Certificado de inspección periódica en vigor, según apartado f) de la Disposición transitoria décima.
22Certificado de medidas de seguridad según art. 16.1.f) de la ITC EP-5.
(*) Los documentos marcados con esta indicación se presentarán cuando proceda.
(1) Solo si el documento no está visado.

📋 Ascensores

Ficha Técnica Descriptiva de Ascensores — Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 135, de 12/07/2024) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Instalación de ascensor nuevo de velocidad superior a 0,15 m/s1, 2, 3, 4, 5, 6
Instalación de ascensor nuevo de velocidad hasta 0,15 m/s1, 2, 3, 4, 5, 6
Registro de ascensor en servicio (velocidad > 0,15 m/s) no previamente registrado, instalado antes del 01/07/2024, CON marcado CE (D.T. 1ª del RD 355/2024, disponible hasta el 01/07/2025)1, 2, 3, 4, 5, 7
Registro de ascensor en servicio (velocidad hasta 0,15 m/s) no previamente registrado, instalado antes del 01/07/2024, CON marcado CE (D.T. 1ª del RD 355/2024)1, 2, 3, 4, 5, 7
Registro de ascensor en servicio (velocidad > 0,15 m/s) no previamente registrado, instalado antes del 01/07/1999, SIN marcado CE (D.T. 1ª del RD 355/2024)2, 3, 4, 5, 7, 8
Registro de ascensor en servicio (velocidad hasta 0,15 m/s) no previamente registrado, instalado antes del 01/07/1999, SIN marcado CE (D.T. 1ª del RD 355/2024)2, 3, 4, 5, 7, 8
Modificación importante de ascensor existente (Capítulo IV de la ITC AEM 1)2, 4, 5, 9, 10
Puesta fuera de servicio temporal de un ascensor11
Reanudación del servicio de un ascensor que estaba fuera de servicio temporal3, 7*, 12

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Declaración CE o UE de conformidad redactada en castellano (conforme a la Directiva de Ascensores para velocidad > 0,15 m/s, y a la Directiva de Máquinas para velocidad hasta 0,15 m/s).
2Ficha técnica de la instalación o de la modificación con el contenido mínimo del Anexo XI de la ITC AEM 1.
3Contrato de conservación con empresa conservadora habilitada.
4Actas de los ensayos relacionados con el control final, cuando sea aplicable.
5Manual de funcionamiento, con el contenido del Anexo VIII de la ITC AEM 1.
6Certificado de inspección inicial favorable, con una antigüedad máxima de 3 meses.
7Certificado de inspección periódica favorable, con una antigüedad máxima de 1 mes.
8Certificado emitido por persona técnica titulada competente de empresa mantenedora, incluyendo planos y memoria con cálculos justificativos de la idoneidad del equipo.
9Declaración de la empresa que ejecutó la modificación importante, indicando que la modificación cumple y hace cumplir al ascensor las prescripciones de la reglamentación aplicable.
10Declaraciones de conformidad de los componentes de seguridad, cuando proceda.
11Certificado de la empresa conservadora en que conste que ha dejado el aparato fuera de servicio de forma efectiva.
12Boletín de revisión de mantenimiento, con el alcance de una revisión anual (solo si la parada temporal ha superado los 3 meses).
(*) Sólo si durante la baja temporal se han superado los plazos de inspección periódica.

📋 Gas

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Gas — Orden de 5 de marzo de 2013, Anexo II (BOJA núm. 48, de 11/03/2013) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Instalaciones individuales, para cualquier tipo de uso y con potencia útil > 70 kW1, 2, 5, 7(*)
Instalaciones comunes, para cualquier tipo de uso y con potencia útil > 2000 kW1, 2, 5, 7(*)
Acometidas interiores, para cualquier tipo de uso y con potencia útil > 2000 kW1, 2, 5
Instalaciones receptoras suministradas desde redes que trabajen a una presión de operación superior a 5 bar, para cualquier tipo de uso e independientemente de su potencia útil1, 2, 5, 7(*)
Estaciones de servicio para vehículos a gas1, 2, 3, 5, 6
Plantas satélites de GNL destinadas a uso propio y exclusivo de un usuario1, 2, 6, 8
Instalaciones de almacenamiento y suministro de GLP en depósitos fijos con capacidad > 13 m³, que den servicio a las instalaciones receptoras de un solo usuario o de una misma comunidad, sin suministrar a terceros1, 2, 3, 5, 6, 9(**)
Instalaciones de almacenamiento y suministro de GLP en depósitos fijos con capacidad ≤ 13 m³, que den servicio a un solo usuario o comunidad, sin suministrar a terceros3, 4, 5, 6, 9(**)
Instalaciones de almacenamiento y suministro de GLP en depósitos fijos de un solo usuario o comunidad, sin suministrar a terceros, que dispongan de vaporizador, equipo de trasvase o boca de carga a distancia enterrada o que no discurra por terrenos de la misma propiedad1, 2, 3, 5, 6, 8, 9(**)
Centro de almacenamiento y distribución de envases de GLP de segunda y tercera categoría1, 2, 6
Centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP de cuarta y quinta categoría4, 6
Centros de almacenamiento y distribución de envases de GLP de primera categoría1, 2, 6

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto suscrito por técnico competente.
1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
2Certificado de dirección de obras, firmado por técnico competente.
2aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
3Contrato de mantenimiento (o plan de mantenimiento, en el caso de estaciones de servicio).
4Memoria técnica por técnico competente o instalador de gas.
4aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
5Certificado de instalación emitido por empresa instaladora de gas.
6Certificado de inspección emitido por Organismo de Control Habilitado.
7Certificado de técnico competente u Organismo de Control autorizado que acredite que la chimenea cumple las normas UNE de aplicación.
7aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
8Documentación y certificación de todos los recipientes a presión de la instalación y sus accesorios (si un recipiente o accesorio precisa puesta en servicio independiente, sólo la acreditación de ésta).
9Certificado de técnico facultativo competente que refleje la capacidad de la cubierta de la edificación para soportar las cargas que se produzcan.
9aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
(*) En el caso de instalaciones receptoras que alimenten a un edificio de nueva planta que disponga de chimeneas para evacuación de los productos de la combustión.
(**) En los casos en que existan depósitos instalados en azoteas.
(1) Sólo si el documento no está visado.

📋 Productos petrolíferos

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Productos Petrolíferos Líquidos — Resolución de 8 de octubre de 2019 (BOJA núm. 198, de 14/10/2019) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
[Nuevas instalaciones] IP 02: Parque o centro de almacenamiento que no preste servicio a operadores al por mayor2 y 3
IP 02: Instalación para suministro a barcos o en aeropuertos2 y 3
IP 02: Unidad autónoma provisional para aeronaves y embarcaciones2 y 3 (nota 1) - 5 (nota 2)
IP 03: Instalación de almacenamiento para consumo en la propia instalación con capacidad entre los límites: clase B (50 ≤ Q ≤ 300 l interior o 100 ≤ Q ≤ 500 l exterior), clases C y D (1000 ≤ Q ≤ 3000 l interior o 1000 ≤ Q ≤ 5000 l exterior)1 y 4
IP 03: Instalación de almacenamiento para consumo propio que supere los límites: clase B (300 l interior o 500 l exterior), clases C y D (3000 l interior o 5000 l exterior)2 y 3
IP 03: Instalación de distribución de PPL por canalización2 y 3
IP 03: Unidad autónoma provisional para consumo en la propia instalación6
IP 04: Instalación para suministro a vehículos con cambio de depositario del producto2, 3, 8, 9 y 10
IP 04: Instalación para suministro a vehículos sin cambio de depositario que almacene al menos un producto de clase B, o que no almacene clase B pero sí clases C y/o D en tanques enterrados2, 3, 8 y 10
IP 04: Instalación para suministro a vehículos sin cambio de depositario, no enterrada, cuya capacidad total de clases C y D supere los 3000 l en interior o los 5000 l en exterior2, 3 y 10
IP 04: Instalación para suministro a vehículos sin cambio de depositario, no enterrada, cuya capacidad total de clases C y D no supere los 3000 l en interior o los 5000 l en exterior1, 4 y 10
IP 04: Instalación autónoma provisional para suministro a vehículos6
IP 04: Instalación de suministro a vehículos en pruebas deportivas7
[Modificaciones] IP 02: Parque o centro de almacenamiento que no preste servicio a operadores al por mayor2, 3, 14, 15, 16 (nota 3)
IP 02: Instalación para suministro a barcos o en aeropuertos (modificación)2, 3, 14, 15, 16 (nota 3)
IP 03: Almacenamiento para consumo propio dentro de límites de memoria (modificación)1, 4, 14, 16 (nota 3)
IP 03: Almacenamiento para consumo propio que supere los límites (modificación)2, 3, 14, 16 (nota 3)
IP 03: Distribución de PPL por canalización (modificación)2, 3, 14, 16 (nota 3)
IP 04: Suministro a vehículos con cambio de depositario (modificación)2, 3, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15, 17 (nota 3)
IP 04: Suministro a vehículos sin cambio de depositario con clase B o C/D enterrados (modificación)2, 3, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 17 (nota 3)
IP 04: Suministro a vehículos sin cambio de depositario, no enterrada, capacidad C y D > 3000/5000 l (modificación)2, 3, 11, 12, 13, 14 (nota 3)
IP 04: Suministro a vehículos sin cambio de depositario, no enterrada, capacidad C y D ≤ 3000/5000 l (modificación)1, 4, 11, 12, 13, 14 (nota 3)

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Memoria y esquema simplificados suscritos por instalador de PPL.
2Proyecto firmado y redactado por técnico titulado competente.
2aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
3Certificado final de dirección técnica facultativa (dirección de obras).
3aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
4Certificado suscrito por el responsable técnico de la empresa instaladora de PPL que ha realizado la instalación.
5Documento firmado por el titular indicando la ubicación anterior, acompañado de copia del registro inicial de la instalación.
6Documento firmado por el titular conforme al punto 28 de la ITC MI-IP 03 con certificado de conformidad a normas del conjunto recipiente almacenamiento-equipo de suministro expedido por organismo de control, o conforme al punto 14.4.1 de la ITC MI-IP 04 con certificado de conformidad a esa ITC expedido por organismo de control, según proceda.
7Documento firmado por el titular con el contenido previsto en el punto 14.4.2 de la ITC MI-IP 04, acompañado de certificado de conformidad a normas del conjunto recipiente almacenamiento-equipo de suministro expedido por organismo de control.
8Documento firmado por el titular comunicando los medios de protección instalados conforme al punto 8.9 de la ITC MI-IP 04.
9Certificado del sistema de protección contra incendios adecuado a los requisitos de operación en régimen desatendido conforme al punto 13.1 de la ITC MI-IP 04 (solo para instalaciones que operen en régimen desatendido).
10Factura con justificante de pago (o documento de aceptación del presupuesto firmado por ambas partes) de la elaboración del proyecto o memoria con fecha anterior a la entrada en vigor del RD 706/2017, y copia de la licencia de obra (solo si aplica la D.T. 4ª del RD 706/2017).
11Memoria descriptiva realizada por empresa reparadora de PPL que realice los trabajos, o por titulado competente, de las medidas de seguridad adoptadas para el cese temporal de la actividad.
12Certificado de empresa reparadora de PPL de los trabajos realizados para el cese temporal de la actividad.
13Certificado de organismo de control de la limpieza y desgasificación de los depósitos.
14Certificado conforme al modelo del Anexo II de la ITC MI-IP 06 para cada depósito anulado, acompañado de copia del Documento de Control y Seguimiento de Residuos Peligrosos (excepto tanques de productos C o D con capacidad ≤ 1000 l).
15Certificado emitido por empresa reparadora de PPL de que la reparación se ha realizado conforme al informe UNE 53991 IN y al estudio-proyecto presentado ante el órgano competente.
16Certificado de prueba de estanqueidad del depósito reparado emitido por organismo de control.
17Certificado emitido por empresa reparadora de PPL con los ensayos realizados y la conformidad a la norma UNE 62422 o UNE 53935.
(1) Solo si el documento no está visado.
Nota 1: para primera instalación de la unidad.
Nota 2: para desplazamiento de la unidad.
Nota 3: presentar los documentos que correspondan en función de las modificaciones realizadas (ver anexo a la ficha oficial, que detalla la documentación por tipo de comunicación IP 02/IP 03/IP 04).

📋 Almacenamiento de productos químicos (APQ)

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Almacenamiento de Productos Químicos — Resolución de 8 de octubre de 2019 (BOJA núm. 198, de 14/10/2019) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Almacenamiento en interior y exterior (APQ-1) cuya capacidad cumple los límites requeridos para poder presentar memoria según su ITC2, 3, 4 y 5
APQ-3, APQ-6 o APQ-7 cuya capacidad cumple los límites requeridos para poder presentar memoria según su ITC2, 3, 4 y 5
APQ-9 categorías de la B a la F, cuya capacidad cumple los límites requeridos para poder presentar memoria según su ITC2, 3, 4 y 5
APQ-5, categorías de almacenamiento 1 y 22, 3 y 5
Almacenamiento de recipientes móviles afectados por la APQ-10 (gases inflamables, aerosoles, gases comburentes y líquidos inflamables) cuya capacidad cumple los límites para presentar memoria2, 3 y 5
Recipientes móviles afectados por la APQ-10, con capacidad máxima comprendida entre las columnas 5 y 6 de la tabla I del artículo 2 del Reglamento2, 3 y 5
Almacenamientos de productos con clases de peligro de la columna 2 de la tabla I del artículo 2 del Reglamento, no contemplados en ninguna ITC específica, con capacidad máxima entre las columnas 5 y 6 de la tabla2, 3 y 5
Almacenamiento en interior y exterior (APQ-1) cuya capacidad supera los límites requeridos para poder presentar memoria según su ITC1, 4, 5 y 6
Almacenamiento de óxido de etileno en recipientes fijos (APQ-2)1, 4, 5 y 6
APQ-3, APQ-6 o APQ-7 cuya capacidad supera los límites requeridos para presentar memoria según su ITC1, 4, 5 y 6
Almacenamiento de Amoniaco Anhidro (APQ-4)1, 4, 5 y 6
Almacenamiento de peróxidos orgánicos y materias autorreactivas tipo A (APQ-9)1, 4, 5 y 6
APQ-9 categorías de la B a la F, cuya capacidad supera los límites para presentar memoria según su ITC1, 4, 5 y 6
APQ-5, categorías de almacenamiento 3, 4 y 51, 5 y 6
Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno (APQ-8): capacidad > 50 t a granel o 200 t envasado, y para uso propio con capacidad > 5 t1, 5 y 6
Recipientes móviles APQ-10 cuya capacidad supera los límites para presentar memoria, o cuya capacidad máxima supera la columna 6 de la tabla I1, 5 y 6
Almacenamientos de productos de la columna 2 de la tabla I no contemplados en ITC específica cuya capacidad máxima supera la columna 6 de la tabla1, 5 y 6
Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con contenido en nitrógeno ≤ 28% (MI-AF1): capacidad > 5000 t a granel u 8000 t envasado y uso propio > 500 t1 y 6
Instalación de almacenamiento a la que le es de aplicación la ITC APQ-1, APQ-2, APQ-3, APQ-4, APQ-6 o APQ-7 únicamente a efectos de carga y descarga2 y 3
Baja de la instalación (*)8
Modificación de la instalación que supone que ésta pasa a estar excluida de la aplicación del Reglamento (*)8
Almacenamientos existentes conforme al Reglamento APQ 2001 (regularización en virtud de la D.T. 2ª del RD 656/2017): múltiples supuestos según ITC, clase de peligro y capacidadcombinaciones de 1 a 7 según el supuesto (ver ficha oficial)

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto redactado por técnico competente.
1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
2Memoria firmada por el titular del almacenamiento o su representante legal.
3Certificado del Organismo de Control.
4Certificado de construcción de los recipientes extendido por el fabricante.
5Documentación acreditativa de disponer de un seguro, aval u otra garantía financiera equivalente que cubra la responsabilidad civil que pudiera derivarse del almacenamiento.
6Certificado de Dirección técnica emitido por técnico competente.
6aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
7Documento que acredita que la instalación se encuentra en ejecución en la fecha de entrada en vigor del RD 656/2017 (solicitud de licencia de obras, licencia de obras o proyecto de ejecución visado).
8Documento acreditativo de la situación en que queda la instalación por baja o modificación que suponga que pasa a estar excluida del Reglamento. (*)
(1) Solo si el documento no está visado.
(*) Solo para MODIFICACIÓN/AMPLIACIÓN.

📋 Grúas torre

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Grúas Torre — Orden de 5 de marzo de 2013, Anexo II (BOJA núm. 48, de 11/03/2013) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Instalación de grúa torre1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7
Instalación de grúa autodesplegable de tipo monobloc cuyo momento nominal esté comprendido entre 15 kNm y 170 kNm2, 3, 4, 5 y 6
Desplazamiento de una grúa torre dentro de la misma obra2, 3, 4, 5, 6 y 7
Modificación esencial en la grúa torre instalada1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8
Modificación esencial de grúa autodesplegable de tipo monobloc con momento nominal entre 15 kNm y 170 kNm2, 3, 4, 5, 6 y 8

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Proyecto de instalación de la grúa.
1aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
2Declaración CE de conformidad o certificado de cumplimiento de las disposiciones 1ª o 2ª del RD 836/2003, de la grúa.
3Certificado de instalación emitido por técnico titulado de la empresa instaladora.
3aCertificado del colegio profesional o declaración responsable del técnico autor del mismo. (1)
4Certificado de organismo de control de los elementos mecánicos o estructuras incorporadas a la grúa (cuando exista tramo empotrado) o declaración de la no existencia de tramo empotrado.
5Contrato de mantenimiento.
6Documento exigido en el art. 5.5.a) del RD 836/2003, firmado por empresa y usuario.
7Informe de inspección de organismo de control exigido en el art. 5.5.b) del RD 836/2003.
8Informe favorable del fabricante de la grúa a la modificación realizada.
(1) Sólo si el documento no está visado.

📋 Grúas móviles autopropulsadas

Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de Grúas Móviles Autopropulsadas — Orden de 5 de marzo de 2013, Anexo II (BOJA núm. 48, de 11/03/2013) · PDF de la norma

2. Tipo de instalación y documentos para acreditar el cumplimiento reglamentario

Tipo de instalaciónDocumentos
Grúa móvil autopropulsada con marcado CE1 y 4
Grúa móvil autopropulsada sin marcado CE1, 2 y 3

3. Documentación que se adjunta

Documento
1Datos identificables de la grúa (marca, tipo, nº de serie, etc.), acompañados de las descripciones, planos, fotografías, etc. necesarios para definirla.
2Certificado de adecuación de la grúa a las prescripciones técnicas del Anexo I del RD 837/2003, firmado por organismo de control, con indicación de las soluciones adoptadas para su cumplimiento.
3Manual de instrucciones de la grúa.
4Declaración CE de conformidad de la grúa.